MENORES QUE LABORAN, HECHO EN CRECIMIENTO
Resumen
EL TRABAJO INFANTIL ESTÁ PRESENTE EN PRÁCTICAMENTE TODOS LOS SECTORES PRODUCTIVOS, EN CONDICIÓN DE INFORMALIDAD E ILEGALIDAD POR FALTA DE UNA ATENCIÓN INTEGRAL. AUNQUE NO HAY ESTADÍSTICAS NI UN SEGUIMIENTO PUNTUAL, DE ACUERDO CON LA SITUACIÓN DE POBREZA DE MUCHAS FAMILIAS EN MÉXICO PODRÍA SER UN FENÓMENO EN AUMENTO, "PORQUE LO QUE LLEVA A LOS CASOS MÁS GRAVES ES LA NECESIDAD", ASEGURÓ MÓNICA GONZÁLEZ CONTRÓ. LA SECRETARIA ACADÉMICA DEL INSTITUTO DE INVESTIGACIONES JURÍDICAS COMENTÓ QUE PESE A LA PROHIBICIÓN AL MÁS ALTO NIVEL, LAS PERSONAS MENORES DE EDAD AÚN DESEMPEÑAN ACTIVIDADES ECONÓMICAS; POR ELLO, ES NECESARIO EL DISEÑO DE UN MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL ADECUADO, QUE TRATE EL FENÓMENO EN TODAS SUS DIMENSIONES. COMO PARTE DEL DÍA DEL NIÑO, QUE SE CONMEMORA HOY, EXPUSO QUE HAY UNA CORRELACIÓN ENTRE UN MENOR NIVEL DE ESCOLARIDAD DE LOS PADRES Y UNA MAYOR INCIDENCIA DE TRABAJO INFANTIL, ES DECIR, UN VÍNCULO DIRECTO CON EL CICLO DE LA POBREZA Y LA EXCLUSIÓN SOCIAL. GONZÁLEZ CONTRÓ RECORDÓ QUE LOS DERECHOS DE ESTE SEGMENTO SE ENFRENTAN CON VARIOS OBSTÁCULOS. EN PRIMER LUGAR, "TENEMOS UN PROBLEMA MERAMENTE FORMAL, QUE ES SU RECONOCIMIENTO, PORQUE EN MÉXICO EL MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL ES MUY DÉBIL EN RELACIÓN CON ESTE TEMA". EL ARTÍCULO 4Ø CONSTITUCIONAL, QUE RECONOCE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS MENORES DE 18 AÑOS, MENCIONA SALUD, ALIMENTACIÓN, EDUCACIÓN Y SANO ESPARCIMIENTO, QUE ES MUY LIMITADO EN RELACIÓN CON LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO, INSTRUMENTO INTERNACIONAL QUE CONTIENE UN AMPLIO CATÁLOGO DE GARANTÍAS QUE INCLUYEN LIBERTADES, DERECHO A LA PARTICIPACIÓN, AL JUEGO Y ACCESO A LA JUSTICIA, ENTRE OTROS. DE HECHO, PRECISÓ, COMO PARTE DEL CUMPLIMIENTO FORMAL DE LOS TRATADOS INTERNACIONALES, SE HA ESTABLECIDO LA PROHIBICIÓN CONSTITUCIONAL Y EN LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO, QUE LOS MENORES DE 14 AÑOS PUEDAN LABORAR, "PERO NO ES SUFICIENTE, DERIVA DE UNA VISIÓN SIMPLISTA, COMO SI ÚNICAMENTE CON DECRETARLO SE ERRADICARA EL PROBLEMA, Y ELLO HA GENERADO UNA CONDICIÓN DE VULNERACIÓN MAYOR". EL AÑO PASADO SE PUBLICÓ UNA REFORMA CONSTITUCIONAL, QUE EN EL ARTÍCULO 73 RECONOCE FACULTADES AL CONGREO DE LA UNIÓN PARA LEGISLAR EN MATERIA DE DERECHOS DE LA INFANCIA. ACTUALMENTE HAY UN PROYECTO DE LEY INTEGRAL; SIN EMBARGO, ESTÁ MAL FORMULADA: FUE PLANTEADA SIN UN PROCESO DE CONSULTA PREVIO CON ESPECIALISTAS DE LA ACADEMIA Y DE LAS ORGANIZACIONES Y CARECE DE MECANISMOS PARA LOGRAR LA PROTECCIÓN. LA ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO, ASEVERÓ, HA CATALOGADO COMO LAS "PEORES FORMAS DE TRABAJO INFANTIL" A LA EXPLOTACIÓN SEXUAL, PROSTITUCIÓN, ESCLAVITUD Y UTILIZACIÓN DE NIÑOS EN TRÁFICO DE ESTUPEFACIENTES, ENTRE OTROS; "NO ES LABOR, SINO EXPLOTACIÓN, Y MÁS BIEN SON DELITOS DONDE HAY VÍCTIMAS", CONCLUYÓ.
Palabras clave
CONMEMORACIÓN, CELEBRACIÓN, DÍA NIÑO, REFLEXIONES, COMENTARIOS, OPINIÓN, MÓNICA GONZ LEZ CONTRÓ, TRABAJO INFANTIL, EXPLOTACIÓN, NIÑOS, INFANTES, LEGISLACIÓN, MÉXICO, IIJ, INSTITUTO INVESTIGACIONES JURÍDICAS