DRONES: TECNOLOGÍA DE PUNTA CON MÚLTIPLES APLICACIONES. APREMIA SU REGULACIÓN LEGAL
Resumen
LOS VEHÍCULOS AÉREOS NO TRIPULADOS, TAMBIÉN LLAMADOS DRONES (DEL INGLÉS DRONE, “ABEJA MACHO O ZÁNGANO”), JUNTO CON EL BIG DATA, LOS ALGORITMOS PREDICTIVOS Y LAS IMPRESORAS 3D, SON UNA DE LAS NOVEDADES TECNOLÓGICAS DEL SIGLO XXI Y, COMO TODA INVENCIÓN, NECESITAN TENER CIERTAS RESTRICCIONES PARA EVITAR QUE SU USO SUPONGA ALGÚN INCONVENIENTE, RIESGO O PELIGRO PARA LAS PERSONAS. DE ACUERDO CON ÓSCAR RAFAEL HERNÁNDEZ MENESES, ESTUDIANTE DE MAESTRÍA DE LA FACULTAD DE DERECHO, QUE SE HA DEDICADO A ANALIZAR ESTE TEMA, LA LEGISLACIÓN QUE YA HAY EN NUESTRO PAÍS PODRÍA APROVECHARSE E INTERPRETARLA BAJO EL NUEVO CONTEXTO QUE REPRESENTA EL USO CADA VEZ MÁS FRECUENTE DE DRONES EN LOS CIELOS MEXICANOS. “POR EJEMPLO EL ARTÍCULO 16 CONSTITUCIONAL –EN CUYO PRIMER PÁRRAFO SE LEE: ‘NADIE PUEDE SER MOLESTADO EN SU PERSONA, FAMILIA, DOMICILIO, PAPELES O POSESIONES, SINO EN VIRTUD DE MANDAMIENTO ESCRITO DE LA AUTORIDAD COMPETENTE, QUE FUNDE Y MOTIVE LA CAUSA LEGAL DEL PROCEDIMIENTO’– SERVIRÍA MUY BIEN. Y ES QUE UN DRON PODRÍA SOBREVOLAR MI CASA Y, ASÍ, VIOLENTAR MI PRIVACIDAD. EN ESTE CASO NO SE TRATARÍA DE LA IRRUPCIÓN DE UN INDIVIDUO COMO TAL EN MI DOMICILIO, PERO SÍ DE UN APARATO OPERADO POR UNA PERSONA, LO CUAL IMPLICARÍA UNA VIOLACIÓN DE MI VIDA PRIVADA. LAS AUTORIDADES PODRÍAN UTILIZAR DICHO ARTÍCULO Y APLICARLO A LOS DRONES. CON ELLO SE EVITARÍA LA INFLACIÓN LEGISLATIVA INNECESARIA”, DIJO. LA IDEA, ENTONCES, NO ES CREAR, EN ESTE MOMENTO, UNA NUEVA NORMATIVIDAD EN MATERIA DE DRONES, SINO APROVECHAR LA YA EXISTENTE, OBSERVAR SUS DEFICIENCIAS ANTE CASOS CONCRETOS Y TOMAR NOTA DE ELLAS PARA, AHORA SÍ, EMPEZAR A DISEÑAR, EN UN FUTURO PRÓXIMO, UNA NUEVA LEY ESPECÍFICA QUE REGULE CON EFICACIA EL VUELO DE LOS VEHÍCULOS AÉREOS NO TRIPULADOS. CABE CONSIDERAR QUE EN MÉXICO TODAVÍA NO HAY TANTOS DRONES DE USO CIVIL Y MILITAR COMO EN ESTADOS UNIDOS E INGLATERRA, NACIONES QUE SÍ CUENTAN CON UNA LEGISLACIÓN CIVIL Y MILITAR SOBRE LA MATERIA.